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CARTEL DE COCHES (2024)

Foto del escritor: Juan Vidal AntolínJuan Vidal Antolín

Se viene estimando que en nuestro país hay más de 10 millones de afectados por el cartel de coches que pueden lograr una indemnización de hasta el 15% del precio de compra de sus vehículos. ¿Compraste un coche entre los años 2006 y 2013? ¿Quieres recuperar tu dinero? ¿No sabes cómo reclamar? No te preocupes, en este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el cartel de coches y cómo recuperar ahora tu dinero.


Aparcamiento de coches

 

Actualmente nuestros Juzgados y Tribunales de Justicia ya vienen reconociendo de forma generalizada a los consumidores una indemnización por el sobrecoste pagado por el cartel de coches. A continuación pasamos a indicarte cómo puedes reclamar, qué documentación resulta necesaria y cuánto dinero puedes recuperar por ello.

 

I. Pero recordemos, ¿Qué es el cartel de coches?

 

El cartel de coches fue un acuerdo entre la mayoría de fabricantes de coches en virtud del cual durante cerca de siete años compartieron información confidencial que afectaba al libre mercado de los automóviles y, por tanto, al precio final de venta al público.

 

Dicha conducta ya fue debidamente sancionada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en el año 2015 y, posteriormente, confirmada por parte del Tribunal Supremo.

 

II. ¿Qué coches se encuentran afectados?

 

Los vehículos afectados son aquellos que fueron adquiridos entre febrero de 2006 y agosto de 2013.

 

Entre las marcas afectadas por el cartel de coches se encuentran las siguientes:

 

ALFA ROMEO, AUDI, BMW, CHEVROLET, CHRYSLER, CITROËN, DODGE, FIAT, FORD, HONDA, HYUNDAI, JEEP, KIA, LANCIA, LEXUS, MERCEDES, MITSUBISHI, NISSAN, OPEL, PEUGEOT, PORSCHE, RENAULT, SEAT, SKODA, TOYOTA, VOLKSWAGEN y VOLVO.

 

III. ¿Quiénes pueden reclamar?

 

El cartel de los coches afectó indistintamente a personas físicas y jurídicas, de forma que pueden reclamar:

 

- Particulares.

 

- Autónomos (taxistas, repartidores, etc.)

 

- Empresas (sociedades, alquiler y renting de coches, VTC, etc.)

 

IV. ¿Qué documentos son necesarios?

 

Para poder efectuar la reclamación correspondiente resulta necesario contar con la siguiente documentación:

 

- Contrato compraventa, leasing, etc..

 

- Factura de compra, transferencia bancaria o justificante de pago.

 

- Permiso de circulación y ficha técnica del vehículo.

 

-Facturas de reparación del vehículo, en su caso.

 

V. ¿Cómo se efectúa la reclamación?

 

Una vez contemos con la documentación necesaria el primer paso es realizar una reclamación extrajudicial al fabricante para intentar de alcanzar un acuerdo amistoso.

 

De no ser posible, habrá que presentar una demanda judicial ante el Juzgado de lo Mercantil competente, junto con un informe pericial que determine el importe de la indemnización reclamada.

 

En cualquier caso, resulta aconsejable contar con los servicios profesionales de un abogado especialista en la materia que nos ayude durante todo el proceso de la reclamación.

 

VI. ¿Cuánto dinero puedo recuperar?

 

La cuantía de la indemnización depende de varios factores (marca, modelo, precio...), así como de la provincia donde se tenga que efectuar la reclamación, si bien de media las reclamaciones suelen oscilar entre un 5% y un 15% del precio de compra del vehículo.

 

Actualmente, nuestros clientes vienen recuperando unas cantidades que suelen oscilar entre 2.000 y 9.000 euros.

 

VII. ¿Qué plazo dispongo para reclamar?

 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que el plazo de prescripción para reclamar es de 5 años a contar desde que fue desestimado el último de los recursos planteados por parte de los fabricantes, esto significa que se puede reclamar hasta 2026.

 

VIII. ¿Y si no tengo ya el vehículo?

 

No te preocupes, puedes reclamar igualmente siempre y cuando conserves una copia de la documentación y/o factura de compra del vehículo.

 

IX. ¿Cuánto cuesta la reclamación?

 

En nuestro despacho somos especialistas en derecho de consumidores y usuarios y nos encargamos de todos los trámites de la reclamación sin repercutir ningún coste para nuestros clientes, tan sólo cobramos si finalmente recuperamos las cantidades que te corresponden.

 

Conclusión


Si compraste un coche entre los años 2006 y 2013 ahora puedes recuperar hasta un 15% del precio de compra del vehículo. ¡Infórmate sin compromiso! Somos abogados especialistas en el cartel de coches.

 

 

¿Tienes alguna duda?  

Rellena el formulario de contacto que se encuentra debajo y estaremos encantados de poder ayudarte.

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CONTACTO

Calle Constitución, 10, 2º Derecha.

47.001, Valladolid.

Tfno.: 606 031 007

Email: j.vidalantolin@icava.org

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​​​​© 2020 Juan Vidal Antolín 

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